REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO
En el paquete de ayudas a la rehabilitación energética de edificios existe un programa específico destinado a proyectos que contemplen, además de las viviendas, la urbanización o reurbanización de espacios públicos, dentro de ámbitos denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.
Para acceder a estas ayudas será necesario que el ERRP sea un barrio o zona delimitada territorialmente por acuerdo de la administración correspondiente. Además, se exige que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante (pudiéndose excluir las plantas bajas) tenga como uso principal el residencial de vivienda.
La normativa establece que deben ser las Comunidades Autónomas (o las ciudades de Ceuta y Melilla) las que remitan al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana las propuestas de actuación en ERRP.
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito del ERRP delimitado para la actuación.
Serán subvencionables las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda siempre que se obtenga una reducción al menos del 30 % del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética. Además, en edificios situados en las zonas climáticas D y E (delimitadas en el Código Técnico de la Edificación), las más frías y húmedas, se deberá conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 35%, o del 25% si se encuentra en la zona C.
La cuantía de las ayudas varía en función del ahorro energético conseguido, entre un 40% y un 80% del coste de la actuación (del 100% en el caso de vecinos en situación de vulnerabilidad económica), con un máximo de 21.400 euros por vivienda.